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Auction 736, Lot # 5

DI - Azanza, Miguel Joseph de.
Bandos.
a) Bando.
"Cumplido ya desde el día 30 de Junio próximo anterior el término que se concedió en 10 de Enero último para la recolección de la Moneda circular antigua, era llegado por consiguiente el caso de reducir á efecto su absoluta extinción y giro; pero considerando que la poca que ha quedado de las clases menores, circula principalmente entre las manos de los Indios y demás gentes miserables; he tenido á bien ampliar el plazo de su colección por otros seis meses mas, que deberán contarse desde el principio del presente fin de Diciembre de este año, quedando en su vigor y fuerza la prohibición de extraer para Lugares ultramarinos por cuenta de S. M. y de Particulares la indicada Moneda antigua de oro y plata, permitiéndose solo la salida y embarque de la del corriente sello con destino á España en todas las suertes de la primera; doble y tostones de la segunda; y para las Islas Filipinas y de Barlovento en todas las especies de ambos metales, baxo la inteligencia de que concluido dicho término ha de cesar su curso en el Comercio, sin admitirse, ni darle mas valor que el de pura pasta, como con repeticion se halla prevenido".
México á 12 de Julio de 1798.
Miguel Joseph de Azanza.
Rúbrica.
Pequeña rotura a la mitad del documento.
b) Bando.
"Remito á Vuestra Magestad dos exemplares del Bando que ha mandado publicar en esta Capital y demás Ciudades, Villas y Lugares del Reyno, contraído á haberse servido S. M. habilitar á Puerto Cabello, Provincia de Caracas, para el comercio con España y sus establecimientos de América, á fin de que impuesto Vuestra Magestad de esta Soberana gracia, la haga notoria á los habitantes de ese territorio".
México, 16 de Enero de 1799.
Azanza.
Rúbrica.
Total de piezas: 2.

Estimado $3,000-4,000


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